Veda es
la acción y efecto de vedar (prohibir algo por ley o mandato). El
término también se utiliza para nombrar al espacio de tiempo en que están
prohibidas (vedadas).
Periodo
en el cual se prohíbe la captura de determinadas especies de flora y fauna con el objeto de proteger sus poblaciones y
asegurar la supervivencia en sus zonas de distribución geográfica.
La época
de veda consiste en dar un determinado tiempo para que las especies se reproduzcan
y crezcan, en ese tiempo los comerciantes no capturan, cazan, ni pescan animales.
Claro
que siempre hay personas que no respetan estas leyes y aun así cazan, capturan,
y pescan animales; impidiendo que se reproduzcan y acabando con la especie poco
a poco. Lo que ellos no concientizan, es que lo que a ellos les parece una
forma de adquirir dinero sin control, para los animales son homicidios tras
homicidios.
Ya que
el objetivo del ser humano de acapararlos de esa manera, no es para sobrevivir,
si no para darse gustos como: abrigos de pieles, bolsas, cinturones zapatos de
piel.
Cosas
que no tienen que ser en exceso; y que poco a poco debilitan el ecosistema
ocasionando lo que conocemos como extinción de las especies.
Para poder enfrentar la creciente pérdida
causada por el ser humano, los países del mundo también decidieron crear en 1992 la Convención sobre
la Diversidad Biológica bajo auspicio de la Organización de las Naciones
Unidas. Se espera que a través de este convenio se pueda fomentar la
conservación de la biodiversidad, el uso sostenible de sus componentes, y la
distribución justa y equitativa.
- http://www.dominicanaonline.org/DiccionarioMedioAmbiente/es/cpo_new_retos_ambientales.asp
En
todos los pises hay documentos o instituciones que te ayudan saber cuando son las épocas de veda para cada
especie, es tu obligación saber qué documento es y su contenido, en México es La
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) fue creada por iniciativa del Presidente de la
República, Doctor Ernesto Zedillo Ponce de León, el pasado 30 de noviembre del
año 2000.
Establece
las atribuciones de:
I.Fomentar
la protección, restauración y conservación de los ecosistemas, recursos
naturales y bienes y servicios ambientales, con el fin de propiciar su
aprovechamiento y desarrollo sustentable;
II. Formular y conducir la política nacional en materia de recursos naturales, siempre que no estén encomendados expresamente a otra dependencia; así como en materia de ecología, saneamiento ambiental, agua, regulación ambiental del desarrollo urbano y de la actividad pesquera, con la participación que corresponda a otras dependencias y entidades.
III. Administrar y regular el uso y promover el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales que corresponden a la Federación, con excepción del petróleo y todos los carburos de hidrógenos líquidos, sólidos y gaseosos, así como minerales radioactivos.
Entre otras más….
II. Formular y conducir la política nacional en materia de recursos naturales, siempre que no estén encomendados expresamente a otra dependencia; así como en materia de ecología, saneamiento ambiental, agua, regulación ambiental del desarrollo urbano y de la actividad pesquera, con la participación que corresponda a otras dependencias y entidades.
III. Administrar y regular el uso y promover el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales que corresponden a la Federación, con excepción del petróleo y todos los carburos de hidrógenos líquidos, sólidos y gaseosos, así como minerales radioactivos.
Entre otras más….
No hay comentarios:
Publicar un comentario