sábado, 22 de diciembre de 2012

Época de veda


Veda es la acción y efecto de vedar (prohibir algo por ley o mandato). El término también se utiliza para nombrar al espacio de tiempo en que están prohibidas (vedadas).
Periodo en el cual se prohíbe la captura de determinadas especies  de flora  y fauna  con el objeto de proteger sus poblaciones y asegurar la supervivencia en sus zonas de distribución geográfica.
La época de veda consiste en dar un determinado tiempo para que las especies se reproduzcan y crezcan, en ese tiempo los comerciantes no capturan, cazan, ni pescan animales.
Claro que siempre hay personas que no respetan estas leyes y aun así cazan, capturan, y pescan animales; impidiendo que se reproduzcan y acabando con la especie poco a poco. Lo que ellos no concientizan, es que lo que a ellos les parece una forma de adquirir dinero sin control, para los animales son homicidios tras homicidios.
Ya que el objetivo del ser humano de acapararlos de esa manera, no es para sobrevivir, si no para darse gustos como: abrigos de pieles, bolsas, cinturones zapatos de piel.
Cosas que no tienen que ser en exceso; y que poco a poco debilitan el ecosistema ocasionando lo que conocemos como extinción de las especies.
 Para poder enfrentar la creciente pérdida causada por el ser humano, los países del mundo también  decidieron crear en 1992 la Convención sobre la Diversidad Biológica bajo auspicio de la Organización de las Naciones Unidas. Se espera que a través de este convenio se pueda fomentar la conservación de la biodiversidad, el uso sostenible de sus componentes, y la distribución justa y equitativa.



  • http://www.dominicanaonline.org/DiccionarioMedioAmbiente/es/cpo_new_retos_ambientales.asp


En todos los pises hay documentos o instituciones que te ayudan  saber cuando son las épocas de veda para cada especie, es tu obligación saber qué documento es y su contenido, en México es La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT)  fue creada por iniciativa del Presidente de la República, Doctor Ernesto Zedillo Ponce de León, el pasado 30 de noviembre del año 2000. 
Establece las atribuciones de:
I.Fomentar la protección, restauración y conservación de los ecosistemas, recursos naturales y bienes y servicios ambientales, con el fin de propiciar su aprovechamiento y desarrollo sustentable;

II. Formular y conducir la política nacional en materia de recursos naturales, siempre que no estén encomendados expresamente a otra dependencia; así como en materia de ecología, saneamiento ambiental, agua, regulación ambiental del desarrollo urbano y de la actividad pesquera, con la participación que corresponda a otras dependencias y entidades.
III. Administrar y regular el uso y promover el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales que corresponden a la Federación, con excepción del petróleo y todos los carburos de hidrógenos líquidos, sólidos y gaseosos, así como minerales radioactivos.
Entre otras más….











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